Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el juicio seguido por JORGE EDUARDO SILVA, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 8.600.730, y de este domicilio, contra la empresa PROTECCION Y SEGURIDAD FAMILIAR PROSEFA C.A.; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.