Se dictó y publicó decisión mediante la cual este Órgano Jurisdiccional se declaró competente para conocer del presente recurso y asimismo ordenó solicitar al ciudadano Presidente de Cadivi, la remisión de los antecedentes administrativos del caso, de conformidad con el artículo 79 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, con la advertencia de que una vez recibidos los mismos, este Tribunal proveerá en relación a la admisibilidad del recurso interpuesto. 04