En razón de lo expuesto, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: ADMITE conforme a lo previsto en el artículo 447 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto el 17 de mayo de 2011, por los abogados THELMA FERNÁNDEZ y JOSÉ AMALIO GRATEROL, en su condición de defensores privados del acusado ALLISKAIR ANIBAL ORTIZ DIAZ, contra la decisión dictada el 10 de mayo de 2011, por el Juzgado Cuadragésimo de Control de este Circuito Judicial Penal al término de la audiencia preliminar, mediante la cual, entre otras cosas, declaró sin lugar la solicitud de la defensa en relación a que se decretara la nulidad absoluta de la acusación fiscal presentada en contra del referido acusado, de conformidad con lo previsto en los artículos 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Pen.....