este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara de oficio LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS en el recurso contencioso tributario incoado por la sociedad mercantil Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA ALGE C.A., inicialmente inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, bajo el N°55, tomo 62-A, en fecha 27 de enero de 1997, el 07 de mayo de 1997 consideran aperturar una Sucursal en Barquisimeto, Estado Lara según consta en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy bajo el N° 50, tomo 72-A de fecha 12 de mayo de 1997, y el 28 de agosto de 2011, acordaron cambiar el domicilio fiscal de la empresa a la cuidad de Barquisimeto, Estado Lara, quedando registrada por ante el mismo Registro Mercantil, bajo el N° 69, tomo 31-A en fecha 09 de diciembre de 2011, e inscrita por ante el Registro Único.....