éste Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 48, ordinal 6° del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA la Extinción de la Acción Penal, seguida contra el ciudadano José Francisco Martínez Reyes, quien es venezolano, de 22 años de edad, titular de cédula de identidad N° V- 17.216.181, nacido en fecha: 09-02-1982, de profesión u oficio: albañil, residenciado en el Caserío Tocuyito frente a la plaza, casa S/N, Río Caribe Municipio Arismendi del Estado Sucre, hijo de Andrés Martínez y Domitila Reyes, por el delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el artículo 455, ordinales 3° y 5° del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Vilma Demetria Vásquez, y en consecuencia y de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta el Sobreseimiento de la presente causa.