DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA DETENCIÓN EN FLAGRANCIA del ciudadano ORLANDO JOSE LOPEZ VIVAS, titular de la cédula de identidad N° 20.470.052 (no la porta), SEGUNDO: Se Ordena seguir la presente Causa por el PROCEDIMIENTO ORDINARIO, conforme a lo establecido en el Artículo 373 en concordancia con el articulo 280, del Código Orgánico Procesal Penal, TERCERO: Se DECRETA MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD, al ciudadano ORLANDO JOSE LOPEZ VIVAS, titular de la cédula de identidad N° 20.470.052 (no la porta), conforme a lo establecido en el Artículo 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión de los delitos de Robo Agravado y Porte Ilícito de Arma Blanca, previstos y sancionados en.....