Dicta los pronunciamientos siguientes: PRIMERO: ADMITE el recurso de revisión ejercido por el Juzgado Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas a favor de los penados antes mencionados por el Juzgado Superior Primero en lo Penal de esta Circunscripción Judicial en fecha 06/06/1996, en la que CONDENO a los penados GUILLERMO PRIMERO DIAZ RODRIGUEZ a cumplir la pena de DIECISIETE (17) AÑOS y DIEZ (10) MESES DE PRESIDIO y RAMON CONCEPCION RAMOS IRIARTE a NUEVE (09) AÑOS y TRES (03) MESES DE PRESIDIO, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN EL CURSO DE LA EJECUCION DE UN ROBO A MANO ARMADA, ROBO A MANO ARMADA y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES, previsto y penado en el artículo 408, ordinal 1° 460 y 417 ambos del Código Penal (derogado), de conformidad con lo previsto en el ordinal 6° del artículo 470, en relación con el ordinal 6° del artículo 471, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, todo ello de conformidad con lo establecid.....