Quien Suscribe, HANZ RUIZ, Secretario del Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, procede a realizar el cómputo relativo a la medida de Privación de Libertad, que le fue impuesta al joven XXXXXXXXXXXXX, por el lapso de 2 años y 6 meses, en virtud de la Sentencia por Admisión de Hechos dictada por el Tribunal 10° de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, tomándose como inicio al cumplimiento de la sanción de Privación de Libertad la fecha 11-04-2010, toda vez que el mismo fue aprehendido a las 8:15 horas de la tarde por funcionarios adscritos a la Sub Delegación Oeste del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (folios 5-7) y presentado ante el Juez de Control en fecha 12-04-2010 y fue ordenado su ingreso en la Casa de Formación Integral "Coche", que si bien es cierto este lapso forma parte de l.....