IV
DECISIÓN
Por las razones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el ciudadano Francisco Carrillo Avellán, titular de la cédula de identidad Nº 11.598.911, procediendo en su carácter de Apoderado Judicial de la CORPORACIÓN DROGUERÍA LOS ANDES (CORPORACIÓN DROLANCA), inscrita en el Registro de Comercio l la Secretaría del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida el 27 de noviembre de 1979, bajo el Nº 959, tomo II, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 529, de fecha 30 de octubre de 2008, que declaró con lugar el reenganche y pago de los salarios caídos interpuesto por el ciuda.....