DECLARA: CON LUGAR la oposición a la medida cautelar formulada por la parte demandada en la presente causa en fecha 25 de julio de 2013, en consecuencia, se ORDENA SUSPENDER la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada por este Tribunal en fecha 25 de junio de 2013, sobre bienes propiedad de la demandada SOCIEDAD DE COMERCIO INVERSIONES PROYECTOS Y COBRANZAS I.P.C., C.A., hasta cubrir la cantidad de NUEVE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y UN MIL SETECIENTOS SETENTA Y OCHO BOLÍVARES CON TREINTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. 9.661.778, 33), el cual comprende el doble del monto demandado, el cual asciende a CUATRO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CIENTO VEINTITRES BOLÍVARES CON SETENTA CÉNTIMOS (Bs. 4.294.123, 70), mas las costas judiciales que pudiera ocasionar el presente juicio las cuales ascienden al monto de UN MILLON SETENTA Y TRES MIL QUINIENTOS TREINTA BOLÍVARES CON NOVENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs.1.073.530, 93).