Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por el interpuesto por el Abogado JAVIER MARCANO LOZADA, en su carácter de Fiscal Auxiliar Noveno del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, contra la decisión de fecha 06 de julio de 2004, N° GP11-S-2004-002402, dictada por el Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal, Extensión Puerto Cabello, por el Abogado MAIRCIO JOSÉ ISAAC TOVAR, quien decretó Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al Imputado EDIXON JIMMY MACHO MEDINA, en la causa N° GP11-S-2004-002402, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículo 408 y 278 del Código Penal vigente.
SEGUNDO: ANULA la decisión de fecha 06 de julio de.....