DISPOSITIVO DEL FALLO
Por todos los razonamientos expuestos este Juzgado Primero de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la demanda por Prestaciones Sociales incoada por VICTOR NIÑO, Cedula de Identidad Nº 3.368.920 contra UNION MONUMENTAL ASOCIACION CIVIL, inscrita en la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Valencia Estado Carabobo (hoy Registro Inmobiliario) en fecha 25 de noviembre de 1976 bajo el Nro. 43, Protocolo 1 , Tomo 13, en consecuencia se condena a la demandada a pagar las siguientes cantidades por los siguientes conceptos:
Se ordena experticia complementaria del fallo para que un experto designado por mutuo acuerdo calcule:
1) Los intereses sobre prestaciones de antigüedad respecto a la cantidad de Bs.5.605.644,50 de conformidad con el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, siendo que la relación de trabajo inicio el 04-02-1.....