En razón de lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda de Cobro de Dinero derivado de Daños Materiales, incoada por la abogada Reyna Patiño, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano Williams Aníbal Caraballo Hernández, contra los ciudadanos Luís Felipe Milano González y Yaqueline Enohe Maneiro Rigual, representados judicialmente por el abogado Mario Dettin Rubiños. Ambas partes identificadas en autos.-
En la presente causa, no hay condenatoria en costas.-