Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley; ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL Declara:
PRIMERO: INADMISIBLE in limine litis la presente acción de AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el Abog. HUMBERTO PAEZ ALVAREZ, actuando en su nombre e interés propio y en el de la sociedad mercantil EDALIMAR C.A., y propietario del Fundo denominado "EL OASIS DEL CAPITAN", contra el Teniente Coronel FABIO ZAVARSE PAVON, Comandante del Destacamento No. 25 de la Guardia Nacional de Puerto Cabello, Estado Carabobo; todos identificados en el encabezamiento de la presente decisión, cuyo motivo lo es la violación al Derecho al Trabajo, el Derecho a la Actividad Económica y el Derecho a la Propiedad Y; ASÍ SE DECIEDE.-
SEGUND.....