DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: DECLARA: LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena al penado ANTONIO JOSE GONZALEZ SOSA, titular de la Cédula de Identidad No. 17.380.882, por haber cumplido con la condena impuesta de DOS (2) AÑOS Y DOS (2) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el articulo 9 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos, más las penas accesorias establecidas en el articulo 16 del Código Penal, en consecuencia de declara la responsabilidad plena del penado.-
SEGUNDO: Prescinde la aplicación de las penas accesorias en base a lo establecido en Sent. Exp.03-2352 del 21-5-07 y ratificada en decisión 07-1056 de fecha 21/02/2008, así se de.....