Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara incompetente en razón de la materia para el conocimiento de la demanda por Partición de Bienes de la Comunidad Conyugal, interpuesta por el ciudadano Héctor Ramón Reyes Jiménez, venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la cédula de identidad No. 8.607.665, asistido por la abogada Yudith Miranda, cédula de identidad No. 5.440.461, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 88.221, contra la ciudadana Maury Lolimar Cañizales Rodríguez, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad No. 10.250.997, ambos de este domicilio. En consecuencia, declina la competencia en los Tribunales de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estad.....