Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA, mediante la cual se declaró CON LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el abogado Rafael Mujica Moroño, contra la decisión dictada en fecha 22 de julio de 2015, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripciòn Judicial del Estado Lara. Se declaró INADMISIBLE la pretensión de amparo constitucional incoada por la Sociedad Mercantil Yamamotors de Barquisimeto, C.A., contra actuaciones del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren del Estado Lara. Quedó asi ANULADA la decisión apelada.