Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental en resguardo al derecho a la defensa de la parte actora, cuyo precepto es una garantía de rango constitucional establecido en el artículo 26 en concordancia con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ADMITE el presente Recurso Contencioso Tributario incoado por la ciudadana Lourdes del Valle Adrianza de Jurado, titular de la cédula de identidad No. 4.179.013, representante legal de la firma personal Laboratorio de Diagnóstico la Pirámide F.P., representada por el abogado Rafael A. Carrasquero García, ya identificado, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 122.421 según poder cursante en autos; en contra del Acto Administrativo contenido en la Resolución RJ-003-2014, de fecha 17 de marzo de 2014 , notificada el 03 de junio de 2014, dictada por el Alcalde del Municipio Carirubana del estado Falcón, en cuanto a lugar en derecho, conforme con el artículo 274 del Código O.....