Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Lo Penal, en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, De conformidad con lo previsto en el artículo 473 del Código Orgánico Procesal Penal acuerda la remisión mediante Exhorto a los tribunales de Ejecución del Estado Anzoátegui, sede Barcelona de copia certificada de la sentencia condenatoria respectiva impuesta a Daniel José Moya Hurtado, Venezolano, , mayor de edad, Profesión u oficio Pescador, titular de la cedula de identidad N° 18.215.402...