este Tribunal que al no cumplir con la exigencia de evidenciar los requisitos necesarios para invocar la tutela cautelar de amparo, y tal como fue elaborada la pretensión, las razones pertenecen al campo de la sentencia definitiva, razón suficiente para declarar IMPROCEDENTE la pretensión constitucional de amparo cautelar, y así se declara.
se admite cuanto ha lugar en derecho