El Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando como Juzgado Unipersonal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR la solicitud de la defensa de que sea declarada la prescripción extraordinaria o judicial en la presente causa, por no haber transcurrido el tiempo necesario para que opere y en virtud de haber contribuida el acusado y sus defensores al retardo procesal operado; y por considerar el Tribunal que ha quedado suficientemente demostrada la existencia del delito de Lesiones Culposas, y la autoría del acusado, se declara CULPABLE al ciudadano EMILIO LUIS BERRIZBEITIA RENGIFO, venezolano, nacido en fecha 14-07-0977, de 31 años de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº 13.539.273, de profesión u oficio comerciante, residenciado en el Parcelamiento Miranda, Calle Guasipati cruce con El Palmar, Casa Número 6910, detrás de la Policlínica Sucre, Cumaná, Estado Sucre, por el delito de.....