Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se NEGÓ la MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA solicitada por las ciudadanas María del Pino Guillermo de Martín y Santa Margarita Martín Guillermo, asistidas por el abogado Francesco R. Civiletto Spada, en el procedimiento de amparo constitucional incoado por las precitadas ciudadanas, contra el auto dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 19 de octubre de 2009, en el asunto KP02-V-2007-1846, relativo al juicio por resolución de contrato de arrendamiento intentado por la empresa Inversiones Playa Blanca, C.A., contra la empresa Ocean Alimentos de Venezuela, C.A.