DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto y oídas como han sido las partes, este Tribunal de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: Impone al adolescente (se omite), de la sanción de Privación de Libertad prevista en el artículo 628 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el delito de Robo Agravado de Vehículo Automotor, previsto en los artículos 5 y 6 numerales 1, 2 y 3 de la Ley sobre el Hurto y Robo de vehículos, en perjuicio del ciudadano Luis Enrique Hidalgo Sulbarán, por el lapso de dos (02) años, sentencia por admisión de los hechos, dictada por el Tribunal de Juicio, en fecha 15-10-2014, de los cuales tiene cumplidos: cinco (05) meses y seis (6) días, tiempo que se abona a la sanción de privación de libertad, faltando por cumplir: un (1) año,.....