"...este Tribunal Segundo de municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio 185-A, interpuesta por los ciudadanos Araujo Bolívar Carlos Eduardo y Linares Mendoza Laura Elena, plenamente identificados en autos, y en consecuencia, se declara: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeron por ante el Registro Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Sucre, del estado Bolivariano de Mérida, en fecha 06 de Junio de 2011, según acta nº 19. Así se decide".