DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano CARLOS ENRIQUE GARCIA REDONDO, Venezolano, de 43 años de edad, de estado civil soltero, portador de la cédula de identidad Nº V-8.442.014, de profesión Técnico Superior Universitario, natural de Cumanacoa Estado Sucre, donde nació el día 20-09-62, hijo de Celia García y Virgilio García y residenciado en calle Juncal, casa Nº 06, Carúpano, Estado Sucre, por la comisión del delito de Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal, en perjuicio de la colectividad; de conformidad con lo establecido en el artículo 318, Ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal.