DECISION
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, declara CON LUGAR la solicitud de Revisión de Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad incoada por la Defensa Técnica y Acuerda dejar sin efecto la Prohibición de salida de la Jurisdicción del Estado Lara, a favor del ciudadano Miguel Ángel Miranda Castillo, titular de la cédula de identidad N° 21.375.043, por la presunta comisión del delito de Desvalijamiento de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley sobre el Robo y Hurto de Vehículo Automotor, a tenor de lo dispuesto en el artículo 256 ordinales 3° del Código Orgánico Procesal Penal, quedando el mismo obligado a prese.....