En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con Competencia transitoria en Protección del Niño, Niña y Adolescente del Primer Circuito Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar, la apelación formulada por el Abogado DERWIS HUWERLEY FAUDITO RODRÍGUEZ, en el presente juicio de desalojo de inmueble, seguido por la ciudadana EVAN PASTORA DIAZ MALVACIA, contra el ciudadano JOSE ELI PINEDA, ambos identificados.
En consecuencia, se declara con lugar la apelación contra el auto de fecha 05-08-2010, dictado por el Juzgado Segundo del Municipio Guanare de este Primer Circuito Judicial, y queda revocado parcialmente dicho auto y se acuerda la reposición de la causa, solo a los fines que se proceda a fijar nuevamente la oportunidad procesal de evacuación de las referidas pruebas testimonial, de ratificación documen.....