Seguidamente el Tribunal vista la solicitud de la parte actora, acuerda lo solicitado, suspende la practica de
la medida en este acto y libera a la depositaria judicial, en consecuencia se tiene la comisión para proveer, deja expresa constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes
materiales, garantizando en todo momento los derechos y garantías constitucionales de las personas, ordenando se remitan las actuaciones a su tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede siendo las 5:30 de la tarde, es todo, termino, se leyó y conformes firman.