Este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDA, la recusación interpuesta por la ciudadana MAGLIN VERA SALCEDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 140.869, en contra de la ciudadana Jueza Suplente del Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto, abogada ANA ANZOLA de conformidad con lo previsto en el artículo 38 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Regístrese y publíquese.