Vista la Solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada por el ciudadano AGUSTIN SAUL GONZALEZ QUERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 7.341.511, en su condición de presidente de la FUNDACIÓN JUAN 3:16, con información fiscal N° J-404471804, inscrita por ante el Registro Público del Segundo Circuito del Estado Lara, en fecha diecisiete (17) de junio del año dos mil catorce (2014), inserto bajo el N° 13, tomo 12, protocolo de transcripción del año 2014, asistido en este acto por el abogado JAIME PASTOR ARRIECHE GONZALEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 170.094; este Tribunal por cuanto observa que el Solicitante no dio cumplimiento al auto de fecha 8 del presente mes y año, en el cual de conformidad con el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, se apercibió para que en un lapso de tres (03) días de despacho siguientes, señalara con claridad los linderos del inmueble objeto de la solicitud. Este Tribunal NIEGA la admisión del presente T.....