este Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y conforme al art. 646 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con los artículos 471 y 474 del Decreto con Fuerza Valor y Rango De Ley del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la citada Ley, se ordena la Ejecución de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Adolescentes en contra del adolescente xxxxxxxxxxxxxxxx; por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal; y LESIONES GENÉRICAS, previsto en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos WILFREDO PAREJO MARÍN, YETZY RODRÍGUEZ PATIÑO y GÉNESIS ALMARIO, sancionado a TRES (03) AÑOS, SEIS (06) MESES, y VEINTE (20) DIAS DE PRIVACION DE LIBERTAD.....