PRIMERO: EXTINGUIDA la apelación formulada en fecha 1º de noviembre de 2005, por el abogado GERARDO ANTONIO PRIETO, apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia interlocutoria de fecha 25 de octubre de 2005 (fs. 51 al 53), dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en el juicio seguido por los ciudadanos MARÍA AIDA CONTRERAS; MARÍA EMILIA BECERRA CONTRERAS y CESAR ALBERTO BECERRA CONTRERAS, contra el ciudadano JUAN EVANGELISTA BECERRA CONTRERAS, por partición de bienes hereditarios. SEGUNDO: Por la naturaleza del presente fallo, no se hace especial pronunciamiento sobre las costas del recurso. De conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación de las partes o sus apoderados judiciales, haciéndoles saber de la publicación de esta sentencia.