Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO.- CON LUGAR la apelación interpuesta el 23 de noviembre de 2012, por la abogada GERALDINE TOTESAUT, apoderada judicial de la parte demandante, contra la sentencia interlocutoria dictada el 20 de noviembre de 2012, por el Juzgado Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de esta Circunscripción Judicial.- SEGUNDO.- LA NULIDAD de la sentencia interlocutoria dictada el 20 de noviembre de 2012, por el Juzgado Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de esta Circunscripción Judicial. TERCERO.- SE REPONE LA CAUSA AL ESTADO en que el Juzgado "a-quo" se pronuncie sobre a la procedencia del decreto de la medida de secuestro, previsto en los artículos 5.....