III.- DISPOSITIVA
En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN MARIARA, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A, interpuesta por los Ciudadanos SANDRO ENRIQUE SIRIT CHÁVEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 16.080.085 y la ciudadana YAZMÍN ANGÉLICA HERNÁNDEZ LUCENA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.235.027, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio RODNEY TORRES, inscrito en el Inpreabogado bajo Nº 205.373. En consecuencia, SE DECLARA disuelto el vínculo matrimonial contraído el 17 de marzo del año 2016 por ante el Registro Civil de la Parroquia Yagua del Municipio Guacara d.....