Mediante resolución Nº PJ0252026000007, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Angostura del Orinoco del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil en concordancia a lo establecido en el artículo 1.363 del Código Civil, este Juzgador, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN AL CONVENIMIENTO de la demanda y el RECONOCIMIENTO EN SU CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, intentada por la ciudadana MARIA INDIRA JUBIANA CALDERON RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V-24.795.497 debidamente asistida por el ciudadano ELVIS GONZALEZ, abogado en ejercicio, e inscrito en el inpreabogado bajo los Nº 93.287 en contra de la ciudadana JOSEFINA DE JESUS MAST DE RODRIGUEZ venezolana, mayor de edad, civilment.....