Por las razones expuestas este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio hecha por los ciudadanos Alba Chiquinquirá Miquilena y Gabriel Arcángel Montero, ya identificados y consecuencialmente queda DISUELTO el vinculo matrimonial que los une contraído por ellos en el lugar y fecha mencionados en el encabezamiento del presente fallo. El Tribunal homologa lo convenido por las partes, y adjudica el bien habido en el matrimonio a la ciudadana Alba Chiquinquirá Miquilena, el cual esta ubicado en la Urbanización Omar Revilla, de la población de Churuguara Estado Falcón, en la calle 03, N° 01, enclavada en una parcela de Terreno Municipal de Trescientos Trece Metros Cuadrados con un centímetro (313,01 Mts), cuyos linderos generales son los siguientes: NORTE: C.....