PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación ejercido por los ciudadanos EMILIO RAFAEL ALMARZA RAMONES y MAYRA ALEJANDRA SOTO, en contra de la decisión dictada el 17 de octubre de 2006, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo apelado y se ordena a los ciudadanos EMILIO RAFAEL ALMARZA RAMONES y MAYRA ALEJANDRA SOTO al inmediato restablecimiento de los derechos o garantías constitucionales violados, así como la entrega inmediata a la ciudadana JACINTA GARCIA del inmueble arrendado ubicado en la Urbanización La Isabelica, bloque 11, escalera 02, anexo al apartamento 00-04, local N° 7, Parroquia Rafael Urdaneta, Municipio Valencia del Estado Carabobo, así como también se le ordena el cese de las amenazas e intimidaciones en el recinto alquilado.
A tenor de lo previsto en el artículo 29 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, .....