DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los siguientes términos:
PRIMERO: Se condena al acusado José Ramón Cuello Rodríguez, plenamente identificado en autos, a cumplir la pena de Un (1) Año y Seis (6) Meses de Prisión mas las accesorias previstas en el articulo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal.
SEGUNDO: Se ordena a la remisión de las presentes actuaciones al Tribunal de Ejecución correspondiente en el lapso legal.
TERCERO: Se ordena la remisión del arma de fuego decomisada al Parque Nacional de Armas. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 30 de la Ley Sobre Armas y Explosivos. Regístrese, Publíquese y remítanse el asunto al Juez de Ejecución correspondiente en su debida oportunidad. En Barquisimeto a los Catorce día.....