Se declara CON LUGAR la demanda instaurada por los ciudadanos ALEXIS RAFAEL OROPEZA, ANEIRO JAVIER ROJAS LUCENA, LUIS GONZALO GOMEZ Y JOSE MARCELO YEPEZ CASTILLO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Números. 12.018.222, 12.849.638, 15.170.726 y 15.778.805, respectivamente, solo en referencia a las empresas SERVICIOS ESPECIALES INTEGRADOS CA (SERVEINCA) Y OUTSORSING DE VENEZUELA C.A, empresas éstas que no comparecieron a la Audiencia Preliminar ni a la de Juicio en el presente asunto, quienes tampoco ofertaron probanzas al presente Asunto, razón por la cual se declara la CONFESION FICTA, de estas empresas de conformidad con lo establecido en los artículos 131 y 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.