DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR LA DEMANDA intentada por la ciudadana, DULCE MARIA CORDERO VDA DE EREU, representada por la Abogada Maria Josefina Macias Chang contra la ciudadana GRACIELA ROMUALDA CAMACARO, todos identificados en autos, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, y en consecuencia ordena a la parte demandante restituir a la demandada en la posesión del inmueble arrendado constituido por un local ubicado en la calle 33 entre carreras 32 y 33 Nro. 32-74, Urbanización Antonio José de Sucre, de esta ciudad por un lapso equivalente al tiempo suspendido, tiempo que deberá empezar a correr desde la efectiva entrega de la posesión del inmueble por parte de la demandante a la parte demandada y ordena así mismo que el cómputo de dicho lapso sea realizado por la Secretaría de éste Tribunal una vez co.....