Por los fundamentos que anteceden, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República, por Autoridad de la Ley, DECRETA LA CESACIÓN de la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD a favor del adolescente: OMISSIS, antes identificado, de conformidad con lo establecido en el artículo 646, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 647, literal h) y 629 ejusdem.