declara DISUELTO el vínculo que contrajeron los ciudadanos: PIERLUCA BOCCUZZI y ROSAURA HERNÁNDEZ AVILA, ya identificados, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha primero de Junio del año 2007, anotada bajo el N° 71 del Libro de Registro Civil de Matrimonios respectivo. De dicha unión matrimonial no procrearon hijos. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines de que inserte la nota marginal correspondiente. Expídase las copias certificadas respectivas. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.
Publíquese y Regístrese.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los catorce (14) día del mes de Febrero del año dos mil Once (2.011) Años: 200° y 151°.
El Juez,
Abg. Martín E. Bonilla A.
La Secretaria,
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