Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró CON LUGAR el RECRSO DE HECHO planteado en fecha 31 de enero de 2012, por el abogado Jorge Luis Mogollón, actuando en defensa de sus propios derechos e intereses, contra el auto dictado en fecha 25 de enero de 2012, por el Juzgado Segundo del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, mediante el cual negó la admisión del recurso de apelación interpuesto contra la decisión dictada en fecha 11 de enero de 2012, en el juicio de intimación de honorarios profesionales seguido contra las ciudadanas María Alejandra Rodriguez, Sandra Carolina Rodriguez y Marta Cecilia Arboleda. En consecuencia, se ordenó admitir el recurso de apelación en ambos efectos.