JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. Mariara, 14 de Febrero de 2013
202° y 153°
Cumplida como ha sido la presente Solicitud, contentivo de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS PARA PERPETUA MEMORIA (UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS), presentada por los Ciudadanos: ANA ELVIRA GARCIA DE VELASQUEZ, MIGDALIA DE JESUS VELASQUEZ GARCIA, IRIS AMERICA VELASQUEZ GARCIA, FRANCISCO ANTONIO VELASQUEZ GARCIA Y JOSE DOMINGO VELASQUEZ GARCIA, Venezolanos, titulares de las Cedulas de Identidad Nº V-368.878, V-4.465.478, V-4.132.186, V-3.292.070 Y V-7.199.522, Asistidos por la abogada: DULCE MARIA MACHADO BLANCO, inscrita en el Inpreabogado, bajo el Nº 64.479, respectivamente y por cuanto solicita le sean declarado suficientes las probanzas evacuadas para acreditarle la cualidad que tiene de ser UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL DE CUJUS: DOMINGO VELASQUEZ BAUTE, y vistas las declaraciones de los testigos, los ciudadanos: RIOS DE RODRIGUEZ DORA ISABEL Y PACHECO .....