En mérito a las razones que anteceden, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara procedente la petición del acusado, y se DECRETA: Revisar y sustituir la Medida de Coerción Personal consistente en presentaciones cada quince (15) a cada 30 días, al acusado Noel Antonio Mendoza Mendoza, titular de la cédula de identidad Nº (...), todo de conformidad con lo establecido en el encabezado del artículos 250, en concordancia con el artículo 242 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Notifíquese a las partes, a la Fiscalía del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Lara, a la Defensa Publica. Líbrese Boleta de Libertad, y oficios correspondientes. Regístrese, Publíquese y Cúmplase. Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones.....