DISPOSITIVA
Este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Juicio Responsabilidad Penal Sección adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, acuerda: MANTENER LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD consistente en la presentación ante el Tribunal modificándola a cada Treinta (30) días, establecida en el literal "c" del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, a favor del joven adulto IDENTIDAD OMITIDA. Se acordó dejar sin efecto la orden de captura. Las partes quedaron debidamente notificadas en la audiencia.
Regístrese. Publíquese. Cúmplase.-