DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, interpuesto por la ciudadana Laureliana Mejías Fernández, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 10.263.763, contra el ciudadano Juan Francisco Bastidas Gil, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 10.263.392, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil.
En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184 ejusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, en fecha en fecha Dieciocho (18) de Enero de Mil novecientos ochenta y nueve (1989) por ante la Prefectura Civil del Municipio del estado Portuguesa.
Regístrese y publíquese .....