DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el cese de la medida cautelar sustitutiva impuesta a los ciudadanos VICTOR JULIO MONTES, venezolano, mayor de edad, natural de Barquisimeto estado Lara, nacido en fecha 06-11-1966, titular de la cédula de identidad N° 9.269.770, residenciado en la Urbanización José María Rivero, calle 1, casa sin número, Sabaneta estado Barinas, y AZUAJE VARGAS CARLOS ANTONIO, venezolano, mayor de edad, natural de Sabaneta estado Barinas, nacido en fecha 10-02-1977, titular de la cédula de identidad N° 9.269.770, residenciado en la Urbanización Araguaney, calle 3, casa B-72, Sabaneta estado Barinas, verificado el cumplimiento de la misma, todo de conformidad con el artículo 263 del Código Orgánico Proce.....