En atención a lo anteriormente expuesto Este Tribunal de Control actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara:
Primero: Con lugar la aprehensión en flagrancia, y el seguimiento por el procedimiento ordinario, por cuanto faltan actuaciones que realizar.
Segundo: con lugar la solicitud de detención para asegurar la comparecencia a la audiencia preliminar, de conformidad con el artículo 559 de la Ley especial presentada por la fiscalía del Ministerio Público, y en consecuencia la Adolescente: Antes identificado, deberá permanecer detenido en la Comandancia de Policía de ésta ciudad. Líbrese boleta de Detención y remítase mediante oficio al Comandante de Policía de ésta ciudad.
Tercero: Con lugar la solicitud de evaluación psico-social, fijándose la misma para el miércoles 25-03-2009, notifíquese al personal técnico y líbrese boleta de traslado a la comandancia de Policía de este Municipio, para que realice el traslado en la fecha indicada.
Cuarto: Con lug.....