DISPOSITIVA.
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por los Abogados William José Guerrero Santander y José Ramón Fernández Medina, en su carácter de Fiscal Vigésimo Segundo del Ministerio Público del Estado Lara, principal y auxiliar respectivamente, en contra de la decisión dictada en fecha 14 de Agosto de 2007, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 07 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual acordó revisar la medida de privación judicial preventiva de libertad y la sustituye por una menos gravosa de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal a la ciudadana ROSCELIN RAMÍREZ MELÉNDEZ.
SEGUNDO: Queda REVOCADA l.....